Los estudios de Seguridad y Salud son un tipo de documento que reconoce la coherencia con el proyecto de obras redactado, forma parte del mismo y parte de todos los elementos proyectados y de unas hipótesis de ejecución. En él se incluyen las medidas de prevención y protección técnica necesarias (específicas para cada tipo de obra) para la realización de las intervenciones a realizar en condiciones de seguridad y salud.

Así mismo, el estudio debe contemplar la totalidad de las actividades que se prevea realizar, incluidas aquellas para las que administrativamente se exija un proyecto específico, una memoria valorada o cualquier otro documento de similares características.

Es necesario la realización de un Estudio de Seguridad y Salud, cuando se den alguno de los siguientes supuestos:

      Que el presupuesto de ejecución por contrata, incluido en el Proyecto de Ejecución sea igual o superior a 450.759,08 €.

      Que la duración estimada sea superior a 30 días laborables, empleándose en algún momento a más de 20 trabajadores simultáneamente.

      Que el volumen de mano de obra estimada, entendiendo por tal la suma de los días de trabajo del total de los trabajadores en la obra, sea superior a 500 días.

El Estudio de Seguridad y Salud debe contener el máximo de información técnica y seguridad asociada a la obra que representa, describiéndola de forma genérica, ya que nunca se podrá prever las medidas de las que dispone la empresa adjudicataria.