Los estudios de Seguridad y Salud son un tipo de documento que reconoce la coherencia con el proyecto de obras redactado, forma parte del mismo y parte de todos los elementos proyectados y de unas hipótesis de ejecución. En él se incluyen las medidas de prevención y protección técnica necesarias (específicas para cada tipo de obra) para la realización de las intervenciones a realizar en condiciones de seguridad y salud.
Así mismo, el estudio debe contemplar la totalidad de las actividades que se prevea realizar, incluidas aquellas para las que administrativamente se exija un proyecto específico, una memoria valorada o cualquier otro documento de similares características.
Es necesario la realización de un Estudio de Seguridad y Salud, cuando se den alguno de los siguientes supuestos:
● Que el presupuesto de ejecución por contrata, incluido en el Proyecto de Ejecución sea igual o superior a 450.759,08 €.
● Que la duración estimada sea superior a 30 días laborables, empleándose en algún momento a más de 20 trabajadores simultáneamente.
● Que el volumen de mano de obra estimada, entendiendo por tal la suma de los días de trabajo del total de los trabajadores en la obra, sea superior a 500 días.
El Estudio de Seguridad y Salud debe contener el máximo de información técnica y seguridad asociada a la obra que representa, describiéndola de forma genérica, ya que nunca se podrá prever las medidas de las que dispone la empresa adjudicataria.